El 23 de febrero de 1999, Amnistía Internacional hizo pública una carta al presidente Alberto Fujimori en la que se le instaba a garantizar que todos los presos de Perú falsamente acusados de delitos de terrorismo serán excarcelados.
Desde 1992, cuando el gobierno peruano promulgó una nueva legislación antiterrorista, centenares de personas han sido acusadas falsamente de delitos de terrorismo.
Amnistía Internacional cree que esas leyes han servido de base para la detención injustificada, la condena y el encarcelamiento durante largos periodos de centenares de «presos inocentes».
En su afán por demostrar la eficacia de la nueva legislación, las autoridades han procurado sobre todo que se impongan condenas, sin garantizar la aplicación estricta de los procedimientos recogidos en el derecho internacional para la celebración de juicios justos.
Debido a la presión nacional e internacional, el gobierno creó en agosto de 1996 una comisión especial para revisar los casos de presos falsamente acusados de delitos de terrorismo o condenados injustamente por ellos. Esta comisión está facultada para proponer al presidente indultos de presos si es evidente que se ha cometido un error judicial.
Desde el establecimiento de la comisión han sido indultados y puestos en libertad 444 «presos inocentes».
Amnistía Internacional ve con satisfacción estas excarcelaciones, pero le preocupa que centenares de personas más continúen en prisión a pesar de no existir pruebas de su vinculación con la oposición armada.
Asimismo, a la organización le preocupa que, según informes, la comisión haya recomendado al presidente Fujimori el indulto de al menos treinta «presos inocentes» más y, sin embargo, sólo siete personas se hayan beneficiado de estas recomendaciones desde noviembre de 1998.
Presos inocentes
Se denomina «presos inocentes» a las personas que se encuentran encarceladas por haber sido acusadas falsamente de delitos de terrorismo.
Todas ellas pertenecen a la categoría de lo que Amnistía Internacional define como preso de conciencia, a saber: la persona que, sin haber recurrido a la violencia ni propugnado su uso, se encuentra detenida o sometida a restricciones físicas debido a sus ideas políticas, creencias religiosas o convicciones profundas de otra índole o debido a su origen étnico, sexo, raza, idioma, origen nacional o social, o posición económica, de nacimiento o de otra clase. Tal definición es aplicable a los presos que, a juicio de Amnistía Internacional, han sido encarcelados por cargos falsos, presentados contra ellos sin pruebas creíbles de su relación con las ideas políticas y los actos que se les imputan.
Por: pegaso125
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